contra el narcotráfico, despenalización de la hoja de coca

Jueves, 14 de febrero de 2008

Chile: Huelga de hambre y comisionado ind?gena

En estos d?as se ha anunciado que Patricia Troncoso, simpatizante de la causa mapuche condenada a 10 a?os y un d?a por el supuesto delito de incendio terrorista, depondr?a su huelga de hambre iniciada el 10 de octubre de 2007, luego de que sus demandas de beneficios carcelarios fueran acogidas por el gobierno.

El inminente acuerdo, confirmado ayer por su vocera y que habr?a sido logrado con la intervenci?n activa del obispo Goic, permitir?a a Patricia Troncoso ser trasladada a un centro agr?cola de Gendarmer?a en Angol y salir en libertad los fines de semana a partir de marzo.

La medida se har?a extensiva a Jaime Marileo y Juan Millalen, condenados a la misma pena y por el mismo delito que Patricia Troncoso, quienes tambi?n estuvieron por m?s de 60 d?as en huelga de hambre, los que ser?an destinados al mismo recinto penitenciario y, adem?s, podr?n acceder a la libertad los fines de semana y dominical, respectivamente.

El ministro Francisco Vidal sostuvo que el ejecutivo resolvi? aceptar lo que ella solicita y que ha habido una flexibilidad de parte del Gobierno. Agreg? que ?lo que nos interesa es que esa huelga de hambre termine y que el Estado de Derecho y la ley se cumplan?.

El mismo d?a, el gobierno anunci? el nombramiento de Rodrigo Ega?a como comisionado presidencial para asuntos ind?genas, cuya misi?n ser? la de restablecer una mesa de di?logo con los pueblos originarios, para lo cual trabajar? junto al comit? interministerial integrado por las carteras de Interior, Planificaci?n y Secretar?a de la Presidencia.

Se trata de dos hechos relevantes cuyas implicancias para la resoluci?n de los conflictos que han marcado en los ?ltimos a?os las relaciones entre el pueblo mapuche y el estado deben ser analizadas. Algunos antecedentes que deben ser tomados en consideraci?n para estos efectos son los siguientes:

1. El acuerdo logrado con Patricia Troncoso, a 111 d?as de iniciada su huelga de hambre, est? muy lejos de ser demostrativo de una flexibilidad de parte del gobierno en relaci?n a las demandas de los mapuche. Cabe recordar que las demandas de Patricia Troncoso y de los cuatro presos mapuche que la acompa?aron en la huelga dec?an inicialmente relaci?n con su liberaci?n, en raz?n de una prisi?n fundada en una legislaci?n la ley antiterrorista- re?ida con los derechos humanos, y con la desmilitarizaci?n y el t?rmino de la represi?n de las comunidades mapuche involucradas en conflictos territoriales, expresada en la presencia permanente de fuertes contingentes policiales en ellas, y en frecuentes situaciones de tratos abusivos y degradantes por parte de ?stos en contra de sus integrantes.

Debe precisarse entonces que el gobierno no cedi? frente a tales demandas, sino que reaccion? con sentido com?n frente a la inminencia de la muerte de Patricia Troncoso, hecho que le hubiese significado contar con un Bobby Sands criollo y una imagen internacional inconsistente con la de un estado democr?tico que aspira a ser parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

2. Los temas de fondo que motivaron la huelga de hambre y que cotidianamente contin?an generando nuevos conflictos al sur del B?o B?o entre el pueblo mapuche, el Estado y privados, siguen pendientes. Ellos, en esencia, dicen relaci?n con la ausencia de reconocimiento y la falta de respeto hacia el pueblo mapuche, as? como tambi?n hacia sus comunidades y quienes las integran.

En materia de reconocimiento, la legislaci?n vigente, que data de 1993, no asegura la participaci?n ind?gena en la toma de decisiones en los temas que les conciernen. Tampoco protege sus tierras y recursos naturales amenazados por una econom?a agresiva que se expande vorazmente sobre los territorios ind?genas. La institucionalidad que crea la Conadi carece de poderes, recursos y, lo que es m?s grave, de legitimidad para dar soluci?n a los graves problemas pol?ticos, econ?micos y culturales que hoy afectan a los pueblos ind?genas, en especial al pueblo mapuche.

Por otro lado, para la Constituci?n los pueblos ind?genas no existen, menos a?n sus derechos pol?ticos, culturales, o territoriales. Recientemente el Ejecutivo envi? al Congreso - sin consulta a las organizaciones ind?genas- un nuevo proyecto de reforma constitucional, m?s bien declarativo, que no innova en mucho respecto a los anteriormente presentados. Mientras que las posibilidades de su aprobaci?n, dados los qu?rum requeridos para esta reforma, son precarias.

El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Ind?genas y Tribales, que reconoce a los pueblos ind?genas como sujetos colectivos de derechos y establece en su favor un conjunto de derechos pol?ticos (participaci?n en el Estado, consulta y autogesti?n), territoriales (derechos de propiedad y posesi?n sobre las tierras, los territorios y los recursos naturales ind?genas), y culturales (derecho consuetudinario, educaci?n y salud pertinentes, entre otros), sigue luego de 17 a?os- sin ser aprobado por Congreso. D?as atr?s deb?a votarse en la sala por el Senado. La votaci?n, sin embargo, fue postergada a petici?n de las organizaciones ind?genas, dado que la Comisi?n de Relaciones Exteriores -con el voto de parlamentarios de Concertaci?n- introdujo una declaraci?n interpretativa en relaci?n a su art?culo 35 con el evidente prop?sito de impedir que sus disposiciones puedan interpretarse de manera evolutiva, tomando en cuenta los avances del derecho internacional relativo a pueblos ind?genas verificados desde su aprobaci?n a la fecha. Tal declaraci?n afecta en particular la incorporaci?n de las directrices de la Declaraci?n sobre Derechos de los Pueblos Ind?genas, adoptada en septiembre de 2007 por la Asamblea General de Naciones Unidas, con el voto favorable de 144 estados, entre ellos el estado chileno.

3. No puede haber un di?logo fruct?fero con el pueblo mapuche si el Estado chileno sigue lesionando cotidianamente sus derechos tambi?n los de otros pueblos ind?genas- al respaldar proyectos de inversi?n que privados o que el mismo sector p?blico, impulsan o planifican en las tierras que les han sido reconocidas a sus comunidades o que reclaman para s?. Tales proyectos, que en el caso mapuche incluyen plantaciones forestales, vertederos, plantas de tratamiento de aguas servidas, centrales hidroel?ctricas e instalaciones de acuicultura, entre otros, son impuestos sin procesos adecuados de consulta, sin el consentimiento libre previo e informado de las comunidades, establecido como un derecho frente a este tipo de iniciativas en la Declaraci?n de la ONU recientemente aprobada, y con graves impactos sobre la cultura, el medio ambiente y la econom?a de las comunidades .

Tal situaci?n llev?, en marzo de 2007, al Comit? de Derechos Humanos de la ONU a sostener que las tierras antiguas de los pueblos ind?genas &contin?an en peligro debido a la expansi?n forestal y megaproyectos de infraestructura y energ?a, y a recomendar al estado chileno realizar todos los esfuerzos posibles para que sus negociaciones con las comunidades ind?genas lleve efectivamente a encontrar una soluci?n que respete los derechos sobre las tierras de estas comunidades, as? como &agilizar los tr?mites con el fin de que queden reconocidas tales tierras ancestrales, otorg?ndole el plazo de un a?o para tales efectos. Trascurrido casi un a?o de esta recomendaci?n, no se ven avances en la materia y, por lo mismo, persisten los conflictos provocados por esta realidad.

4. Tampoco es posible un di?logo constructivo con el pueblo mapuche mientras la violencia policial en contra de comunidades que resisten dichos proyectos o reclaman por sus tierras usurpadas, siga siendo una pr?ctica tolerada por las autoridades. En efecto, a pesar de las denuncias sobre esta realidad formuladas por las organizaciones mapuche y por organismos de derechos humanos, entre ellos el Comit? de Derechos Humanos de la ONU y el Comit? de Derechos del Ni?o de la misma entidad, existe un evidente recrudecimiento de las pr?cticas abusivas y uso desproporcionado de la fuerza por parte de la polic?a en contra de las comunidades mapuche y de quienes las integran, incluyendo menores y ancianos.

As? el 2006 el Observatorio de Derechos de Pueblos Ind?genas constat? y denunci? la existencia de 20 casos de malos tratos en contra de personas y de comunidades mapuche por parte de las fuerzas policiales del Estado, verificados en allanamientos, desalojos, incursiones de veh?culos policiales no autorizadas en comunidades mapuche, y otros, con graves consecuencias para la integridad f?sica y s?quica de sus integrantes. El m?s grave es el de la comunidad de Temucuicui en Malleco, allanada por las fuerzas policiales (Carabineros e Investigaciones) en ocho oportunidades en el curso del a?o pasado, en varias ocasiones sin orden judicial para ello. A lo largo del 2007 tales hechos se repitieron, siendo denunciados un n?mero similar de casos de abusos, tratos racistas y discriminatorios en contra de mapuche tanto en sectores urbanos como rurales, por parte de las fuerzas policiales, en particular Carabineros.

La reciente muerte de Mat?as Catrileo como consecuencia de disparos efectuados por carabineros que impactaron en su espalda, en la comuna de Vilc?n el 3 de enero de este a?o en momentos en que un grupo de mapuche se intern? en el predio de propiedad del agricultor Jorge Luchsinger, donde habr?an quemado pastizales, los allanamientos sin orden judicial de comunidades aleda?as, y la represi?n en contra de manifestaciones pac?ficas verificadas en los d?as posteriores a este hecho, dan cuenta de la continuidad de esta pol?tica a la fecha.

Ello ha sido posible gracias a la tolerancia de la autoridad, la que de acuerdo a todos los antecedentes disponibles, no ha ordenado la investigaci?n y sanci?n de estos abusos, permitiendo con ello su reproducci?n. Tambi?n el ejecutivo es responsable de no haber adecuado el ordenamiento jur?dico interno a los est?ndares internacionales de modo de limitar la jurisdicci?n penal militar al conocimiento de delitos de funci?n cometidos por militares en servicio activo, y evitar su intervenci?n en casos de delitos que cometen en contra de civiles, como ocurre con los mapuche, como se lo ordenara la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 2005 en el caso Palamara Ibarne.

M?s all? del t?rmino de la huelga de hambre de Patricia Troncoso, y de la existencia de una coordinaci?n de pol?tica p?blica, hecho por cierto valorable para dar una coherencia a la pol?tica p?blica en la materia, son estos los temas de fondo que deber?n ser abordados por las autoridades para posibilitar el di?logo y la resoluci?n de los conflictos hist?ricos entre el pueblo mapuche y el Estado, que han marcado con particular intensidad la ?ltima d?cada.

El di?logo solo ser? posible en la medida en que el estado de se?ales claras de que quiere avanzar en el reconocimiento y respeto del pueblo mapuche y de sus derechos. De no ser as?, los anuncios gubernamentales ser?n voladores de luces que no permitir?n restablecer una convivencia intercultural pac?fica y constructiva al sur del B?o B?o en el territorio ancestral del pueblo mapuche. Esperemos que ello no ocurra.

Por Jos? Aylwin Oyarz?n, Codirector del Observatorio de Derechos de los Pueblos Ind?genas

Fuente: Servindi

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