contra el narcotráfico, despenalización de la hoja de coca

mi?rcoles, 21 de marzo de 2007
Hoy en el marco del Foro sobre el TLC que se llevó a cabo en la ciudad de Popayán y al cual asistieron los Ministros de Exterior, Protección Social y la Directora Encargada del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), el gobierno expresó su voluntad de revisar la norma por la cual el Invima ordenó recoger los productos derivados de la hoja de coca. El próximo lunes 19 de marzo, indígenas y gobierno sostendrán una reunión para buscar una salida a la problemática. Así lo informó, al cierre de esta edición, David Curtidor, representante del Proyecto Coca-Nasa. Para comprender este debate jurídico, Actualidad Étnica entrevistó la semana pasada al Director del Invima, Julio César Aldana.

“Me gustaría contarle acerca de esta medida, pero antes explicarle unos conceptos que tengo muy claros, y no son parte de un ejercicio retórico si no una convicción, porque soy descendiente de indígena”. Con esa declaración Julio César Aldana, Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), inició el diálogo con Actualidad Étnica a propósito de la controvertida medida que ordena el decomiso de los productos derivados de la hoja de coca por fuera de los territorios indígenas.

Aldana quien dijo que por sus venas corre sangre zenú, pueblo indígena de Córdoba, sostuvo que el Invima no quiere perjudicar a las comunidades del Resguardo de Calderas, quienes lideran la producción y comercialización de galletas, vino, aromáticas y bebidas de hoja de coca, pero que esta entidad debe respetar tratados internacionales, como la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes, la cual estaría siendo violada con la comercialización de estos productos por fuera de los territorios indígenas. Además señaló que como ente ejecutor está cumpliendo con las directrices que en esta materia han trazado los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior y Justicia y Protección Social.

Precisamente, el 15 de diciembre de 2005 el Ministerio de Protección Social emitió la resolución 4651 en la señala que la hoja de coca y sus derivados son “Monopolio del Estado”. Este es el principal argumento esgrimido por el Director del Invima para explicar el origen de la circular del pasado 7 de febrero por la cual se recogieron los primeros productos en la ciudad de Cali.

Sin embargo, los afectados por la medida aseguran que ésta es arbitraria y a todas luces violatoria de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Además atenta contra el desarrollo sostenible de las comunidades y va en contravía del principio constitucional por el cual el “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana”.

Aldana insiste que debe apegarse a las normas y desmintió las declaraciones según las cuales el Invima tendría intereses ocultos en la toma de esta decisión.

AE: ¿Exactamente en qué consiste la medida?

Quiero manifestarle a usted y a la comunidad indígena, que tengo un respeto y reconocimiento profundo por toda la diversidad étnica del país, las prácticas culturales, de los conocimientos ancestrales de sus productos y los usos tradicionales en ellos. De hecho fue este instituto, bajo mi dirección, el que promovió ante el Ministerio de la Protección Social que éste de una vez por todas expidiera una norma referente a los productos derivados de recursos naturales en los cuales Colombia goza de una ventaja comparativa teniendo en cuenta su biodiversidad, y esto debe convertirse en una ventaja competitiva. Definitivamente nosotros proporcionamos los espacios, nos empeñamos a fondo para que esto sucediera en Colombia, pero independiente de esto existen unas disposiciones legales que están vigentes y unas convenciones internacionales que Colombia debe respetar porque las suscribió y hacen parte de otros alcances del gobierno que son ajenas a nosotros. Si bien este tema debe analizarse o visualizarse desde el punto de vista sanitario, también tiene un contexto que hace parte de lo cultural y de lo internacional.

Entonces el Ministerio de la Protección Social, es la instancia que decide la política en materia sanitaria para que el Invima la ejecute. Primera observación yo no expido, no decido normas en materia sanitaria, es el Ministerio de la Protección quien lo hace, el Invima debe apegarse a esas decisiones o sino incurre en una ilegalidad. En ese orden de ideas, el Ministerio de Protección Social en el año 2005 definió a través de una resolución que los derivados de la hoja de coca, entre otros productos, eran monopolio del estado.

Por lo tanto el Invima como entidad no puede entregarle a un particular un registro sanitario sobre un producto que es monopolio del estado, para eso existen instancias para manejar esos productos. Le pongo un ejemplo, sobre las sustancias que son adictivas, que también son de monopolio del estado, es el Fondo Nacional de Estupefacientes que define quién lo importa, exporta, comercializa, sintetiza, fabrica, etc. El Invima sólo puede entregarles el registro sanitario de esos productos a ellos, no a particulares. Lo mismo sucede con los productos derivados de la hoja coca. Esta es una primera aclaración que hay que hacer porque existe desinformación y desconocimiento del tema.

Segundo, ante la dificultad de las connotaciones internacionales debido a las convenciones que están suscriptas, el tema cultural y sanitario, el Invima consultó a las distintas instancias que manejan el tema: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio del Interior y Justicia, quienes conceptuaron que el uso de los productos de los derivados de hoja de coca no estaba conforme con lo previsto en la Convección Única de Estupefacientes de 1961, la cual fue suscrita por Colombia. Estos hechos que son fiscalizados y verificados en Colombia por la Junta Internacional para la Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), que por lo tanto, tal cual como lo expresan las disposiciones legales vigentes en el país, únicamente pueden hacerlos dentro del territorio indígena.

AE: ¿Frente a esta situación qué hizo el Invima?

Expidió un comunicado a otras instancias que comparten con nosotros las labores de inspección, vigilancia y control, que son las Secretarias de Salud. Los productos a base de coca, primero no tienen registro del Invima porque no hemos expedido ningún registro, es decir que si están utilizando un registro lo está haciendo ilegalmente porque el Invima no ha expedido un registro sanitario. Segundo, hay un pronunciamiento claro de varias instancias del gobierno donde se coincide en que sólo se pueden comercializarse dentro del territorio indígena. Todo producto que este fuera del territorio indígena se le aplica entre otras medidas sanitarias, el decomiso.

AE: ¿Por qué se aplica dicha medida contra estos y no otros productos?

Tendría que responder muy claramente que allí hay asuntos que escapan de la orbita de mis competencias. Quiero ser reiterativo, hay temas que además de lo sanitario, que tienen que ver con lo internacional y lo cultural. ¿Qué pasa si Colombia incumple con lo suscripto, qué pasa si la JIFE se sigue quejando de que en Colombia los productos a base de hoja de coca se están comerciando por fuera de lo que establece la norma?, ¿Qué tiene que hacer la autoridad sanitaria en este caso? Pronunciarse, y eso es lo que yo he hecho.

AE: ¿Cuál es el alcance de la medida?

Antes debo decir que deploro las circunstancias que Colombia está viviendo y que ese sea el ámbito donde se tienen que manejar este tipo de productos. Porque se los quiero decir abiertamente y lo puede escribir usted como periodista, desde el punto de vista sanitario, aunque no hemos hecho una análisis exhaustivo de la sustancia, porque estas sustancias no han aplicado al Invima para que se verifiquen, como los otros productos, su forma de producción, estabilidad, ingredientes, recipientes, etc., pudiese llegar a suceder que no existiera ningún riesgo. Pero este es un tema, le repito, que se debe analizar dentro de un proceso.

AE: ¿Pero la mayor preocupación del Invima no debe ser, según sus competencias, precisamente el sanitario, por qué el argumento para retirar los productos derivados de la hoja de coca es el de la violación de la Convención?

Le repito esto tiene un tema sanitario, un tema cultural, tiene muchos temas, sobre los cuales yo tengo que ser muy respetuoso como entidad, porque hay muchos de esos asuntos que se escapan de la orbita de mis competencias. No puedo estar pronunciándome, como un periodista pretendía que yo le digiera sí esto era un problema político, cómo se le ocurre, qué yo voy a decir si este es un tema político, esto no me compete.

AE: No obstante, resulta inquietante que sólo hasta este momento se imparte la circular y no antes

Este es una polémica que se ha venido manejando durante muchos años y le reconozco que a usted le llame la atención que hasta ahora se de el pronunciamiento, pero es que también esto coincide con otras hechos, debido que es un tema cultural, debido a que es de unas de nuestras etnias tan respetadas. Entonces es un tema difícil de tratar pero ya ha habido unos pronunciamientos de la JIFE y de otras instancias.

AE: ¿Ante quién se han presentado estos pronunciamientos?

Los pronunciamientos no han sido ante nosotros, sino hacía la Dirección Nacional de Estupefaciente, según tengo entendido.

AE: ¿Pero la JIFE realmente está preocupada por la comercialización de aromáticas de coca en Colombia?

No sé, yo le dejo la inquietud a usted. Eso es lo que tiene que indagar como periodista. Porque yo de eso no sé. Lo único que se es de seguridad y eficacia, de características fisicoquímicas, microbiológicas, etc. No me ponga a mí hablar de política, ni de convenciones internacionales ni de nada de eso, porque en eso soy casi lego.

AE: ¿El Invima nunca ha entregado ningún registro sanitario a estos productos?

No.

AE: ¿Entonces cómo es posible que antes no se hubieran decomisado estos productos, si ustedes son la máxima autoridad en el tema?

¿Esta segura que esos productos tiene mucho tiempo de estar comercializando aquí en el país en diferentes puntos? Nosotros no tenemos información sobre eso, a nosotros no nos ha llegado ninguna queja ni nada de eso.

AE: ¿El Invima no tenía conocimiento de que se estuvieran comercializando estos productos?

El Invima no tiene ninguna queja formal sobre la comercialización de esos productos por fuera del territorio indígena.

Pero estos productos han sido ampliamente publicitados dentro y fuera del país; se han vendido en diferentes ferias artesanales, incluso en Corferias; la noticia de la Coca Sek, la gaseosa a base de hoja de coca, tuvo un positivo impacto en medios de comunicación internacionales, muchos periodistas del mundo visitaron el resguardo para conocer el proceso de elaboración de esta bebida.

Creo que tal vez eso es lo que ha generado interrogantes y ha derivado pronunciamientos. Pero como entidad sanitaria tengo que cuidarme de de ser vulnerable al sesgo. Usted como ciudadana común y corriente puede ver esto como algo favorable o no favorable, pero yo no me puedo pronunciar al respecto.

AE: La pregunta es, si esto había sido publicitado tan ampliamente en medios de comunicación, cómo es que no conocían de la comercialización de estos productos y no habían actuado antes.

En la medida de que en Colombia se genere riesgos, nosotros nos vamos pronunciando. En este caso, con todas las entidades vamos actuando. Entonces se llegó a un momento en donde se tocaba emitir un concepto y se emitió.

AE: ¿Volviendo al tema sanitario, el Invima no puede decir que estos productos tienen un efecto nocivo para los consumidores?

Si puede pronunciarse, pero en este momento no tiene los elementos necesarios para hacerlo.

AE: ¿Entonces, el argumento es el pronunciamiento de la JIFE?

Eso es una conclusión que usted saca como periodista, no lo puedo decir yo.

Básicamente ha mencionado tres factores que inciden en esta decisión: sanitario, cultural e internacional.

Si lo que quiere decir es que aquí una medida por una decisión internacional o por una decisión política, lo dice usted. Yo no lo puedo decir porque esto no es lo que pienso, y en eso soy tajante. No me va a conducir a que diga eso porque va ser una tarea imposible porque no lo pienso.

AE: ¿Entonces como Director del Invima se limita simplemente a cumplir con las competencias de su entidad y de acuerdo a los conceptos que solicitó a los demás ministerios?

Correcto, así es.

AE: Los indígenas argumentan que con esta medida se les están violando sus derechos fundamentales y tratados internacionales como el Convenio 169 de la OIT

Es un tema que yo no manejo. Hay instancias donde ellos pueden acudir para defender esos derechos.

AE: ¿Qué sigue ahora, se seguirán recogiendo los productos, qué medidas se van adoptar?

El Invima es netamente ejecutor, no decide sobre ninguna política en materia sanitaria y mucho menos en materia internacional. Pero si los indígenas tienen esos reclamos hay que abordar el tema con todas las instancias que corresponde. El Invima está abierto al debate y a dialogar sobre el tema, pero no puede, por ejemplo, autorizar la comercialización de un producto que es monopolio del estado y darle permiso a un particular. Aquí no puede llegar un indígena, por más que yo aprecio las comunidades indígenas, a pedirme que le de un registro sanitario porque yo no se lo puedo dar por dos razones: primero, porque el Ministerio de la Protección Social ha dicho que la coca es monopolio del estado, entonces yo no puedo dar un registro a un particular, se lo tengo que dar a una instancia que vigile a los que producen eso, este es un concepto clarísimo y segundo, no se lo puedo dar porque hay unos pronunciamientos a la luz de las convenciones internacionales y de unas instancias del gobierno, que me dicen a mí que esos productos sólo se pueden comercializar dentro del territorio indígena. ¿Entonces dígame usted, y disculpe que haga de periodista, usted se atrevería a dar un registro sanitario en estas condiciones, bajo esos preceptos?

AE: ¿Quiero insistir en la pregunta que ya le he planteado, existe algún impedimento sanitario para otorgar este registro?

Claro. Para otorgar el registro a un producto declarado por el Ministerio como monopolio del estado, yo le tendría que otorgar el registro no a una persona sino a una instancia que el estado defina. Desde el punto de vista sanitario existe un problema en que se comercialice por fuera del territorio indígena. No sólo ese producto, sino cualquier producto que se esté comercializando sin registro sanitario y que según las normas y disposiciones legales vigentes, debe tener registro sanitario, así que si se está comercializando son este registro es ilegal. Entonces nosotros nos tenemos que pronunciar.

AE: ¿Pero este es un callejón sin salida, ustedes no otorgan el registro, pero tampoco permiten que las comunidades indígenas puedan comercializar un producto que al parecer no tendrían impedimentos de tipo sanitario?

Por eso ha pasado tanto tiempo en tomarse la decisión y tanta presión que hemos recibido, esa es una de las razones. Este gobierno no se niega a revisar ningún tema, ha revisado temas tan complejos que yo creo que esto se puede abordar pero no solamente con el Invima. No lo podemos abordar menos, cuando escuchamos comentarios como que al parecer Coca-Cola tiene convenios con el Invima, semejante irresponsabilidad no ayuda.

AE: Un estudio del mismo Invima señala que no hay toxicidad en la hoja de Coca y que ésta es inocua. Según el cconcepto del Doctor Camilo Uribe Granja, médico toxicólogo de la Comisión Revisora sala especializada de medicamentos dice que “diferentes estudios han demostrado no tener efectos tóxicos, inclusive este producto se encuentra comercializado en varias partes del mundo entre otros, aprobado por la FDA en los Estados Unidos como alimento”.

Tengo un conocimiento vago sobre el tema y es probable que la hoja de coca y sus derivados no sean sanitariamente riesgosos, pero yo no lo pudo afirmar. Es probable que el producto como tal no manifieste ningún riesgo pero el Invima debe verificarlo. Tengo muy claro que una cosa es la hoja de coca y otra la cocaína, y de la cocaína si le puedo decir con todo el rigor que eso si es malo, eso si es riesgoso.

AE: En el mismo sentido se pronunció la Corte Constitucional en la Sentencia Sentencia 176 de 1994 al sostener que “No se puede colocar en el mismo plano la planta coca y los usos lícitos y legítimos que de ella se han hecho y se pueden hacer, y la utilización de la misma como materia prima para la producción de cocaína. Esta diferenciación entre la hoja de coca y la cocaína es necesaria puesto que numerosos estudios han demostrado no sólo que la hoja de coca podría tener formas de comercio alternativo legal que precisamente podrían evitar la extensión del narcotráfico, sino además que el ancestral consumo de coca en nuestras comunidades indígenas no tiene efectos negativos.”

¿Esta es una sentencia de la Corte? Me parece que es fabulosa, pero este no es un tema que se puede abordar con base en un pronunciamiento de la corte solamente, aquí hay que ver un contexto para resolver el problema y a esas instancias son a las que hay que acudir.

AE: ¿Qué sigue ahora, además de mantener la medida, han pensado en reunirse con los indígenas de Caldera, con los representantes del proyecto Coca Sana?

No me han solicitado oficialmente una reunión, pero durante estos cuatros años hemos tenido reuniones. Sin embargo estamos completamente abiertos al debate.

AE: ¿Existe una salida que permita la comercialización de estos productos en Colombia?

Sí existiera una salida tendría que ser consultada con varias instancias del gobierno y sobre temas que escapan al resorte de mis competencias y muchas veces de mi conocimiento.

Por Claudia Grajales

Redacción Actualidad Étnica

Fuente: Actualidad Étnica
Publicado por LaCocaLocaCompany @ 11:28
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